Dudas razonables con la GPL
Antes de nada, quiero decir que aunque hablo de este tema no se trata de que quiera aprovecharme de un “defecto” de la GPL para hacer un software “semi-privativo”, simplemente, quiero aclararle a Ru cual es mi opinión de una discusión que hemos tenido este fin de semana. Con este post, como siempre, se abre el turno de réplica. ¿ Es posible que yo haga un software que no comparta con nadie y que sea software libre? El primer paso para poder responder esta pregunta hay que saber cuales son las 4 libertades que debe cumplir nuestro software (documentación o lo que sea) para cumplir las normas de la GPL: ¿Se nos permite ejecutar nuestro software con cualquier proposito? Está claro que un programa que nosotros hayamos creado podemos usarlo para lo que nos apetezca y, por tanto, nuestro software que no publicamos cumple esta libertad ¿Se nos permite estudiar como funciona el programa? Si nosotros somos los programadores del programa, está claro que tenemos el código fuente de nuestro programa y que podemos estudiar como funciona ¿Se nos permite redistribuir nuestro software? Está claro que nosotros podemos distribuir nuestro software, simplemente, no queremos hacerlo y, por lo tanto, esta libertad también la cumple nuestro software ¿Se nos permite modificar nuestro propio software? Obviamente nuestro software también cumple esta libertad. Nosotros podemos modificar nuestro software a nuestro gusto. Eso sÃ, si nosotros le damos el software a una sola persona esta persona también tiene esas cuatro libertades y, por tanto, puede distribuirlo sin ningún problema. Conclusion: Si nosotros hacemos un software que decidimos no ofrecerle a nadie la opción de disfrutarlo puede aun asà ser considerado SW Libre porque puede cumplir las 4 libertades que se exigen para que un software sea considerado libre. Ahora, una vez contestada -al menos según mi criterio- tenemos la primer duda solucionada nos surge una segunda un poco más complicada: Si creo una página web en PHP a partir de una que se distribuye bajo la licencia GPL ¿Tengo que ofrecer el codigo fuente y publicarlo para la comunidad? Partimos ya de la opinión que esta pregunta va a traer más flames seguro. Por supuesto, no creo que tenga la verdad absoluta, ni mucho menos, pero una cosa que todos podemos tener es una opinión, y esta es la mÃa. Partimos de la idea de que, debido a que la GPL es una licencia virica nuestro software debe ser GPL y por tanto debe cumplir todas las normas de la GPL. Nuestro software debe cumplir las siguientes caracteristicas para ser considerado GPL: Conclusion: Nuestro software cumple la GPL 2.x y anteriores aun sin ofrecer el código fuente del software. Este “inconveniente” es una de las razones por las que se está trabajando en la GPL 3.x pero, hasta que esta licencia sea publicada,  podemos elegir una licencia que salvaguarde nuestro software de este tipo de abusos. Una solución podrÃa ser elegir como licencia la Affero GPL que sà que proteje nuestro software. Para los que no conozcais esta licencia podeis leer la versión oficial aqui(ingles) y asà discutir sobre el tema.
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Comentarios 'Dudas razonables con la GPL'
Rubén dijo hace 2 años, 11 meses :
La licencia GPL2 define fundamentalmente los términos de distribución del software, asi como los términos de modificación y uso. Pero es una licencia que protege la libertad del software en cuanto a su distribución. Si tu no distribuyes el software, tienes los derechos sin los deberes, claro.
Personalmente opino que la licencia está bien, porque del mismo modo que inkscape permite que hagas dibujos para ti que no compartes con nadie, por qué no va a permitir que hagas cambios para ti que tampoco compartes con nadie?
El caso que comentas de la web es muy parecido al caso de instalar un software GPL en un centro de exposiciones, habrá mucha gente que se pase y utilice tu programa, pero realmente no lo distribuyes, solo les permites utilizarlo en unas determinadas condiciones.
Realmente yo también dejo que otros usuarios utilicen mi portatil con su windows original sin estar incumpliendo la licencia por ello. Lógicamente no se puede comparar el uso con la distribución.
En el caso de la web o las exposiciones, la cuestión es en realidad que se podrÃa estar haciendo un uso comercial de tu software y no ves un duro. Ese es el verdadero problema, y eso se soluciona con la tÃpica cláusula de “libre para uso no comercial”. Pero creo que obligar a alguien a distribuir el código fuente solo porque ha hecho una modificación (que a lo mejor es una chapuza que solo le sirve a él y le da vergüenza publicarla), serÃa un error.
quidam dijo hace 2 años, 10 meses :
Mi vecino tiene un pez. Vive en un recipiente de cristal que se llena con un escupitajo. El pez vive en libertad, pues es libre de hacer lo que le de la gana dentro de su escupidera.
La gpl te garantiza que si licencias un programa bajo su protección, tendrás el poder y la libertad de utilizar los cuatro derechos básicos del software libre. Si no lo vas a usar mas que tu… para que lo licencias?
citando a rms… “A program is free software if its users have certain crucial freedoms. Roughly speaking, they are: the freedom to run the program, the freedom to study and change the source, the freedom to redistribute the source and binaries, and the freedom to publish improved versions.”
kour dijo hace 2 años, 10 meses :
Pero el caso que discutiamos el domingo iba en el segundo caso. Yo adapto un codigo GPL a lo que necesito y aun asà no ofrezco el codigo fuente.
aetherlux dijo hace 2 años, 10 meses :
Bueno, no se si contribuye a nada, pero no estando seguro he consultado sobre un tema similar.
Respecto al tema de los servicios “remotos” via http u otro protocolo,
en los que el software se ejecuta en el servidor, aclarar que los
abogados de la FSF entienden que no se produce ningún tipo de
distribución del software, y por tanto los términos de distribución
del mismo (sea libre o privativo) “no son de aplicación en este caso”.
Otra cosa son los contratos que el usuario pudiera firmar, mas allá de
la cuestión de los derechos de distribución.
aklis dijo hace 2 años, 10 meses :
Archville dice en su blog : Como buen gallego, permitidme que me tome la licencia de responder a una pregunta con otra pregunta:
¿ Qué sentido tiene poner licencia a un programa que no va a distribuÃrse ?
Mi respuesta:
A bote pronto, se me ocurren 2 situaciones en las que seria util:
a) un programa echo entre varias personas para alguna cosa interna de su empresa. Asi si se enfadan, todos tienen los mismos derechos sobre el codigo.
b) Y si el programador original muere? Si su obra es gpl, no hay problemas para una vez que se conozca, seguir tocandola.
Archville dijo hace 2 años, 10 meses :
Pues… veamos:
a) Si un programa ha sido hecho por varias personas, creo que podemos dar por supuesto que pertenece a todas y cada una de ellas.
b) Si el programador original muere y no tenÃa pensado distribuÃr su obra, ¿ Quién iba de todos modos a tocar el código ?. Es de suponer que nadie lo tendrÃa porque el programador original no iba a distribuÃrlo ¿ no ?.
Igual me equivoco y meto la pata hasta el fondo pero vamos por discutir que no quede. : -P
kour dijo hace 2 años, 10 meses :
A) hecho es con h
B) Como he dicho en el blog de Archville, aunque no venga a cuento con la respuesta de Aklis, ese punto, aunque importante, no es realmente la razon de todo el post sino que es parte de la explicacion. Lo realmente importante es como yo, sin ningun tipo de ilegalidad, puedo coger un programa (pongamos de ejemplo WP), modificarlo a mi gusto dandole 10000000 funcionalidades más y no reportar los beneficios a la sociedad. De hecho, ahi es donde surgio la discusión. Por una persona que hizo eso.
C) Como bien dice el “Ñu” de Juan Añel (por supuesto en el buen sentido lo de Ñu) ahi no existe distribucion. Por tanto, no creo que para las aplicaciones web sea la licencia más adecuada, por mucho que mucha gente crea que esta licencia les cubre en ese sentido.
aklis dijo hace 2 años, 10 meses :
Para arch:
Sobre que un programa hecho (con h) entre varias personas, no hay que dar nada por supuesto. ¿Qué pasaria si, en el caso mas simple, uno de los programadores decide seguir desarrollando a su bola? Segun tu, el programa pertenece a cada una de ellas, y segun ese razonamiento, pueden no querer que otra los cambie. Y eso contando con que no esté registrado a nombre de nadie,claro. Bajo GPL, aunque haya un autor/autores, todos tienen los mismos derechos sobre el desarrollo del programa.
Sobre el caso del “programador fallecido”, no importa demasiado que el quisiera o no distribuir su obra. Imaginatelo con objetos reales, como una casa o un coche, o cualquier cosa que forme parte de la herencia. GPL’izar el codigo es una especie de “testamento geek”.
Y sobre la otra “suposicion”, no se puede saber que pensaba alguien despues de muerto. me parece demasiado arriesgada. Podria estar acabando un programa utilisimo, y tener la idea de distribuirlo…quien sabe :(.
Reconozco que pongo unos ejemplos macabros de cojones, pero es como el tema del naufrago de las debian guidelines. Un naufrago programador, que llega a una isla desierta con su portatil, que programa algo pero no tiene ningun medio para distribuirlo (ni impresora, ni inet, ni disquetes, ni ná…) ¿Puede o no hacer un programa gpl?
Por lo menos, asi lo veo yo…
Archville dijo hace 2 años, 10 meses :
Conclusión: Las tres cosas que un geek se llevarÃa a una isla desierte son un portatil, un compilador y una licencia GPL.
kour dijo hace 2 años, 10 meses :
Aunque todavÃa no la he empezado a leer, parece que pronto estará solucionado no? Primer borrador de la GPL3
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meneame.net dijo hace 2 años, 11 meses :
un navegador desconocido:Dudas razonables con la GPL…
Interesante articulo que intenta resolver alguna duda sobre este modelo de software….